Las Sociedades Controladoras deben cumplir con los requisitos establecidos para los servicios de auditoría externa, asegurando la calidad y confiabilidad de sus dictámenes.
Las Sociedades Controladoras deberán observar lo dispuesto en los artículos 94 y 98 de esta Ley, respecto a los requisitos que debe cumplir la persona moral que les proporcione los servicios de auditoría externa, así como el auditor externo que suscriba el dictamen y otros informes correspondientes a los estados financieros.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que las Sociedades Controladoras verifiquen que sus auditores externos cumplan con los requisitos establecidos para evitar problemas legales y de reputación.
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