La Sociedad Controladora no tendrá responsabilidades adicionales por inversiones en entidades no integrantes de su Grupo Financiero, según lo estipulado en la legislación aplicable. Estas responsabilidades deben estar claramente definidas en los estatutos de la Sociedad Controladora.
Cuando la Sociedad Controladora mantenga una inversión en entidades financieras no integrantes de su Grupo Financiero o en Prestadoras de Servicio e Inmobiliarias, la Sociedad Controladora no tendrá responsabilidades adicionales a las que señala la legislación financiera y mercantil aplicable.
Las referidas responsabilidades estarán previstas expresamente en los estatutos de la Sociedad Controladora.
TÍTULO SÉPTIMO De la revocación, liquidación, separación e intervención de los Grupos Financieros
CAPÍTULO I De la revocación
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que las Sociedades Controladoras revisen sus estatutos para asegurarse de que las responsabilidades estén bien definidas y evitar sorpresas legales en el futuro.
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