LRASCAP

Artículo 85. Mecanismos de protección

El Comité de Protección al Ahorro puede implementar mecanismos como escisión o fusión para mitigar riesgos de insolvencia. Estas medidas buscan proteger a los Socios y la estabilidad de la Sociedad.

mecanismosproteccionsociedades cooperativas
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 14 de noviembre de 2025. Verificado en 2026.

Texto Legal

El Comité de Protección al Ahorro Cooperativo podrá determinar la implementación por parte de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Niveles de Operación I a IV de alguno de los mecanismos siguientes:

I. Escisión.

II. Fusión.

III. Otras que contribuya a disminuir el riesgo de insolvencia o quebranto.

IV. Disolución y liquidación, así como concurso mercantil en términos de la Ley General de Sociedades Cooperativas y de las bases constitutivas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La implementación de mecanismos de protección puede ser compleja. Se recomienda contar con asesoría legal y financiera para evaluar las mejores opciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 85 del LRASCAP?

El Comité de Protección al Ahorro puede implementar mecanismos como escisión o fusión para mitigar riesgos de insolvencia. Estas medidas buscan proteger a los Socios y la estabilidad de la Sociedad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 85 de la LEY para Regular las Actividades de las Socieda...?

[IA] La implementación de mecanismos de protección puede ser compleja. Se recomienda contar con asesoría legal y financiera para evaluar las mejores opciones.

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