LRASCAP

Artículo 63. Facultades del Comite de Supervisión

La Comision establecerá como se ejercerán las facultades de supervisión auxiliar, prohibiendo facultades coercitivas. Esto busca un enfoque colaborativo en la supervisión.

facultadessupervisioncomisioncooperativas

Texto Legal

La Comisión, establecerá mediante disposiciones de carácter general la forma en que el Comité de Supervisión Auxiliar ejercerá las facultades de supervisión auxiliar de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, quedando prohibido otorgar facultades coercitivas en contra de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La prohibicion de facultades coercitivas puede facilitar una mejor relacion entre las sociedades cooperativas y la Comision. Se recomienda fomentar un ambiente de cooperacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 63 del LRASCAP?

La Comision establecerá como se ejercerán las facultades de supervisión auxiliar, prohibiendo facultades coercitivas. Esto busca un enfoque colaborativo en la supervisión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 63 de la LEY para Regular las Actividades de las Socieda...?

[IA] La prohibicion de facultades coercitivas puede facilitar una mejor relacion entre las sociedades cooperativas y la Comision. Se recomienda fomentar un ambiente de cooperacion.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 63 del LRASCAP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 63 LRASCAP desde tu celular