Este artículo establece que diversas leyes son aplicables de manera supletoria a la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, dependiendo del tipo de entidad. Incluye leyes relevantes como la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley del Banco de México.
Son de aplicación supletoria a la presente Ley, según el tipo de Entidad de que se trate, los ordenamientos que a continuación se indican:
I. La Ley de Instituciones de Crédito;
II. La Ley de Ahorro y Crédito Popular;
III. La Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito;
III Bis. La Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera; Fracción adicionada DOF 09-03-2018
IV. La Ley del Banco de México;
LEY PARA LA TRANSPARENCIA Y ORDENAMIENTO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
V. Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros;
VI. La Ley Federal de Protección al Consumidor;
VII. El Código de Comercio;
VIII. El Código Civil Federal, y
IX. Los usos y prácticas bancarios y mercantiles.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los contadores y abogados conozcan las leyes supletorias para asegurar el cumplimiento normativo de las entidades en el sector financiero.
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