La supervisión del cumplimiento de esta Ley corresponde a varias autoridades, incluyendo la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y el Banco de México. Cada entidad tiene competencias específicas en la vigilancia de las entidades financieras.
La supervisión y vigilancia del cumplimiento de lo dispuesto por esta Ley y las disposiciones que de ella emanen corresponderá a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y al Banco de México respecto de Entidades Financieras, en el ámbito de sus respectivas competencias; a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores respecto de los Participantes en Redes; al Banco de México respecto de las Cámaras de Compensación, en términos de la Ley del Banco de México, y a la Procuraduría Federal del Consumidor respecto de las demás Entidades Comerciales. Artículo adicionado DOF 25-06-2009. Reformado DOF 10-01-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La coordinación entre las diversas autoridades es crucial para el cumplimiento efectivo de la ley, lo que puede impactar en la operación de las entidades financieras.
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