Las Medidas Urgentes de Protección incluyen acciones como evacuación, reubicación temporal y escoltas especializadas. Estas medidas son esenciales para salvaguardar la vida e integridad de los beneficiarios.
Las Medidas Urgentes de Protección incluyen: I) Evacuación; II) Reubicación Temporal; III) Escoltas de cuerpos especializados; IV) Protección de inmuebles y V) Las demás que se requieran para salvaguardar la vida, integridad y libertad de los beneficiarios.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La implementación rápida de estas medidas puede ser vital en situaciones de riesgo inminente. Es recomendable que los beneficiarios conozcan sus derechos y opciones disponibles en caso de emergencia.
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Art. 31. Medidas de Protección y Evaluación
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Art. 33. Medidas de Protección Específicas
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