268

Artículo 24. Licencias extraordinarias y servicios

El articulo menciona que no se deducirá tiempo de servicios ni antigüedad por licencias extraordinarias para cargos de elección popular o por edad límite. Esto garantiza la protección de derechos laborales.

licenciasserviciosantigüedad

Texto Legal

A quien se le hubiere concedido licencia extraordinaria para el desempeño de algún cargo de elección popular, licencia por edad límite o pasare a situación de depósito, no se le deducirá del tiempo de servicios ni de la antigüedad en la jerarquía. Artículo reformado DOF 12-06-2009

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los contadores y abogados informen a los miembros de la Armada sobre las implicaciones de estas licencias para asegurar que sus derechos sean respetados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del 268?

El articulo menciona que no se deducirá tiempo de servicios ni antigüedad por licencias extraordinarias para cargos de elección popular o por edad límite. Esto garantiza la protección de derechos laborales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de S...?

[IA] Es importante que los contadores y abogados informen a los miembros de la Armada sobre las implicaciones de estas licencias para asegurar que sus derechos sean respetados.

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