La Secretaría deberá implementar programas de capacitación y formación empresarial para las MIPYMES, así como fomentar la creación de incubadoras de empresas.
Para la ejecución de las políticas y acciones contenidas en el artículo anterior, deberán considerarse los siguientes Programas:
I. Capacitación y formación empresarial, así como de asesoría y Consultoría para las MIPYMES;
II. Fomento para la constitución de incubadoras de empresas y formación de emprendedores;
III. Formación, integración y apoyo a las Cadenas Productivas, Agrupamientos Empresariales y vocaciones productivas locales y regionales;
IV. Promover una cultura tecnológica en las MIPYMES; modernización, innovación y desarrollo tecnológico;
V. Desarrollo de proveedores y distribuidores con las MIPYMES;
VI. Consolidación de oferta exportable;
VII. Información general en materia económica acordes a las necesidades de las MIPYMES, y
VIII. Fomento para el desarrollo sustentable en el marco de la normativa ecológica aplicable.
Adicionalmente, la Secretaría promoverá esquemas para facilitar el acceso al financiamiento público y privado a las MIPYMES, en igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres. Poniendo especial énfasis en garantizar el acceso a dicho financiamiento para la mujeres. Párrafo reformado DOF 21-01-2015
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La capacitación es clave para el crecimiento de las MIPYMES. Los asesores deben estar atentos a estos programas para recomendar a sus clientes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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