Los Magistrados y personal del Tribunal no podrán desempeñar otros empleos o ejercer su profesión, salvo en actividades docentes u honoríficas. Esto busca evitar conflictos de interés.
Los Magistrados, Secretarios, Actuarios y Oficiales Jurisdiccionales estarán impedidos para desempeñar cualquier otro empleo, cargo o comisión público o privado, excepto los de carácter docente u honorífico.
También estarán impedidos para ejercer su profesión bajo cualquier causa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer los impedimentos es crucial para evitar sanciones y conflictos de interés en el ejercicio profesional de los servidores públicos del Tribunal.
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