El articulo establece las funciones de los Secretarios de Acuerdos de Sala Superior, quienes apoyan a los Magistrados en la formulación de resoluciones. Su trabajo es vital para la eficiencia del Tribunal.
Corresponde a los Secretarios de Acuerdos de la Sala Superior:
I. Auxiliar al Magistrado al que estén adscritos en la formulación de los proyectos de resoluciones que les encomienden;
II. Autorizar con su firma las actuaciones del Magistrado ponente;
III. Efectuar las diligencias que les encomiende el Magistrado al que estén adscritos cuando éstas deban practicarse fuera del local de la Sala Superior;
IV. Dar fe y expedir certificados de las constancias que obren en los expedientes de la Ponencia a la que estén adscritos;
V. Digitalizar la documentación y actuaciones que se requiera incorporar a un expediente tramitado en línea, así como imprimir y certificar las constancias de los expedientes electrónicos de la Ponencia a la que estén adscritos y las reproducciones en medios electrónicos de dichas actuaciones, y
VI. Desempeñar las demás atribuciones que las disposiciones aplicables les confieran.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los Secretarios de Acuerdos en la Sala Superior son fundamentales para la elaboración de resoluciones. Los abogados deben colaborar estrechamente con ellos para asegurar la calidad de los documentos.
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