El Pleno puede cambiar o separarse de sus propios precedentes vinculantes, siempre que justifique el cambio con una motivación reforzada. Esto permite la evolución del criterio judicial.
El Pleno podrá cambiar o separarse de sus propios precedentes vinculantes siempre que, a partir de la resolución de casos concretos, expongan expresamente junto al nuevo criterio una motivación reforzada que justifique el cambio o separación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La posibilidad de cambiar precedentes es un aspecto dinámico del derecho. Los abogados deben estar preparados para adaptarse a estos cambios y argumentar en consecuencia.
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