La estructura orgánica de los órganos auxiliares se determinará conforme a la ley y los acuerdos generales, lo que permite flexibilidad en su funcionamiento. Esto es clave para la adaptación a nuevas necesidades.
La estructura orgánica y el personal adscrito a los órganos auxiliares deberá determinarse con acuerdo a lo que disponga esta Ley, otras leyes aplicables y los acuerdos generales que al respecto emita el Órgano de Administración Judicial, conforme a lo que admita el presupuesto. SECCIÓN 2a. De la Contraloría de Administración Judicial
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La flexibilidad en la estructura orgánica permite al Poder Judicial adaptarse a cambios y necesidades. Los abogados deben estar al tanto de estas adaptaciones para ofrecer un asesoramiento actualizado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo