171

Artículo 30. Reglamento Interno del Instituto

El Director General establecerá bases para la acreditación de representantes ante el Consejo General. Este reglamento es fundamental para la representación estudiantil y docente.

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Texto Legal

El Director General, con acuerdo del Consejo General Consultivo establecerá las bases permanentes en el Reglamento Interno del Instituto Politécnico Nacional para la acreditación de los representantes profesores y representantes alumnos ante el propio Consejo General y los Consejos Técnicos Consultivos Escolares. Fe de erratas al artículo DOF 28-05-1982

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La acreditación de representantes es un aspecto clave que puede influir en la participación activa de alumnos y docentes en la gobernanza del Instituto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del 171?

El Director General establecerá bases para la acreditación de representantes ante el Consejo General. Este reglamento es fundamental para la representación estudiantil y docente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la LEY Orgánica del Instituto Politécnico Nacional?

[IA] La acreditación de representantes es un aspecto clave que puede influir en la participación activa de alumnos y docentes en la gobernanza del Instituto.

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