Los bienes adquiridos por el Instituto están exentos de contribuciones, impuestos o derechos. Este artículo asegura que el Instituto pueda operar sin cargas fiscales sobre sus adquisiciones.
Los bienes que el Instituto adquiera de instituciones y personas particulares, o de gobiernos extranjeros, estarán exentos de toda clase de contribuciones, impuestos o derechos. Artículo reformado DOF 13-01-1986
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las exenciones fiscales son un aspecto clave para la sostenibilidad financiera del Instituto. Esto puede ser relevante al considerar donaciones o adquisiciones de bienes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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