LOEFAM

Artículo 78. Servicio Cartografico

El Servicio Cartográfico se encarga de trabajos geodésicos y de producción de mapas para el Ejército y Fuerza Aérea. Su labor es esencial para la planificación y ejecución de operaciones militares.

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Texto Legal

El Servicio Cartográfico tendrá a su cargo todos los trabajos de este tipo y los geodésicos, topográficos y fotogramétricos, así como la producción y el abastecimiento de cartas, mapas, mosaicos aéreos y material similar para el Ejército y Fuerza Aérea. Estas actividades podrán coordinarse con otros órganos oficiales semejantes. Fe de erratas al artículo DOF 13-02-1987

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La precisión en la cartografía es crucial para las operaciones militares. Los abogados deben asegurarse de que los contratos con proveedores de servicios cartográficos cumplan con las normativas vigentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 78 del LOEFAM?

El Servicio Cartográfico se encarga de trabajos geodésicos y de producción de mapas para el Ejército y Fuerza Aérea. Su labor es esencial para la planificación y ejecución de operaciones militares.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 78 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

[IA] La precisión en la cartografía es crucial para las operaciones militares. Los abogados deben asegurarse de que los contratos con proveedores de servicios cartográficos cumplan con las normativas vigentes.

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