LOEFAM

Artículo 43. Cuarteles Generales

Los Comandantes del Ejército y Fuerza Aérea dispondrán de un Cuartel General según su nivel jerárquico, con Estados Mayores subordinados a la Defensa Nacional.

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Texto Legal

Las personas Comandantes del Ejército, de la Fuerza Aérea, de las Regiones Militares y Aéreas, y las Zonas Militares, Bases Aéreas Militares y Grandes Unidades dispondrán de un Cuartel General, según sus planillas, conforme a su nivel jerárquico. Los Estados Mayores que formen parte de estos Cuarteles Generales estarán subordinados técnicamente a los Estados Mayores de la Defensa Nacional, del Ejército y de la Fuerza Aérea, según corresponda. Artículo reformado DOF 18-02-2022, 03-05-2023

SECCION SEGUNDA

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La estructura de los Cuarteles Generales es esencial para la planificación estratégica. Los contadores deben entender la jerarquía para una adecuada gestión de recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 43 del LOEFAM?

Los Comandantes del Ejército y Fuerza Aérea dispondrán de un Cuartel General según su nivel jerárquico, con Estados Mayores subordinados a la Defensa Nacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 43 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

[IA] La estructura de los Cuarteles Generales es esencial para la planificación estratégica. Los contadores deben entender la jerarquía para una adecuada gestión de recursos.

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