LOEFAM

Artículo 171. Tipos de Licencias

Se establecen las diferentes licencias que puede obtener el personal activo del Ejército, incluyendo licencias ordinarias, ilimitadas, especiales y por edad límite. Cada tipo tiene sus propias condiciones y requisitos.

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Texto Legal

Las licencias para el personal del activo serán: ordinaria, ilimitada, especial y por edad límite. Artículo reformado DOF 12-06-2009

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los contadores deben estar al tanto de las distintas licencias para gestionar adecuadamente las percepciones y derechos de los militares durante su ausencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 171 del LOEFAM?

Se establecen las diferentes licencias que puede obtener el personal activo del Ejército, incluyendo licencias ordinarias, ilimitadas, especiales y por edad límite. Cada tipo tiene sus propias condiciones y requisitos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 171 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

[IA] Los contadores deben estar al tanto de las distintas licencias para gestionar adecuadamente las percepciones y derechos de los militares durante su ausencia.

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