LOEFAM

Artículo 161. Requisitos para ingresar a educación militar

Los alumnos de Educación Militar deben ser mexicanos por nacimiento y cumplir con ciertos requisitos. Existen excepciones para extranjeros becados, quienes no estarán sujetos al Fuero de Guerra.

educación militarrequisitosfuero de guerra

Texto Legal

El personal que ingrese como alumno en los establecimientos de Educación Militar, deberá ser mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad, estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, excepto el extranjero que sea becario, el cual será admitido con el único fin de realizar estudios que correspondan y al término de los mismos causará baja del plantel al Ejército y Fuerza Aérea. Párrafo reformado DOF 23-01-1998

Los alumnos de las Escuelas Militares quedarán sujetos al Fuero de Guerra; los de las Escuelas de Formación de Oficiales que no posean grado militar, recibirán el nombre de "Cadetes", pero los grados que dentro de las mismas Escuelas se les confieran, tendrán validez para efectos disciplinarios dentro y fuera del Plantel. Los alumnos Nacionales o Extranjeros que en su calidad de Becarios concurran a realizar estudios en Planteles Militares no estarán sujetos al Fuero de Guerra, pero si deberán sujetarse a los Reglamentos y disposiciones particulares del Plantel al que concurran.

De los Ascensos y de las Recompensas

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La admisión de alumnos extranjeros puede tener implicaciones legales. Los abogados deben asegurarse de que se cumplan todos los requisitos para evitar problemas legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 161 del LOEFAM?

Los alumnos de Educación Militar deben ser mexicanos por nacimiento y cumplir con ciertos requisitos. Existen excepciones para extranjeros becados, quienes no estarán sujetos al Fuero de Guerra.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 161 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

[IA] La admisión de alumnos extranjeros puede tener implicaciones legales. Los abogados deben asegurarse de que se cumplan todos los requisitos para evitar problemas legales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 161 del LOEFAM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 161 LOEFAM desde tu celular