Los Conductores y Operadores de vehículos tácticos deben pertenecer a las Armas y Servicios de su Unidad. Esto asegura que el personal esté especializado en las funciones que desempeñan.
Los Conductores, Choferes y Operadores de los vehículos que tengan finalidades netamente tácticas o altamente especializadas, pertenecerán a las Armas y Servicios de la Unidad en que estén encuadrados, o bien a la Fuerza Aérea en su caso.
El personal de los Servicios encuadrado en las pequeñas unidades de las Armas del Ejército, será de la clase de Servicio; igual disposición se aplicará para las unidades de la Fuerza Aérea cuando proceda.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La especialización del personal en funciones tácticas es esencial para la efectividad operativa, lo que debe ser considerado en la planificación de capacitación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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