167

Artículo 8. Regulación de Operaciones

La Secretaría de Hacienda regulará las operaciones de la Sociedad, exceptuando ciertas captaciones. Esto establece un marco regulatorio claro para su funcionamiento.

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Texto Legal

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como excepción a lo dispuesto por los artículos 48 de la Ley de Instituciones de Crédito y 26 de la Ley del Banco de México, determinará mediante disposiciones de carácter general las características de las operaciones activas, pasivas que no impliquen captación de recursos del público y de servicios, excepto lo relativo a fideicomisos, mandatos y comisiones, que realice la Sociedad para cumplir el objetivo y ejercer las facultades que se le han encomendado en su carácter de banca de desarrollo en esta Ley.

Corresponde al Banco de México, en los términos de su Ley, regular mediante disposiciones de carácter general, las características de las operaciones pasivas que impliquen captación de recursos del público, los fideicomisos, mandatos y comisiones, las operaciones en el mercado de dinero, así como las operaciones financieras conocidas como derivadas que celebre la Sociedad. Artículo reformado DOF 24-06-2002

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La regulación de operaciones es clave para la transparencia del banco. Los contadores deben estar informados sobre estas regulaciones para garantizar el cumplimiento normativo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del 167?

La Secretaría de Hacienda regulará las operaciones de la Sociedad, exceptuando ciertas captaciones. Esto establece un marco regulatorio claro para su funcionamiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8 de la LEY Orgánica del Banco Nacional del Ejército, F...?

[IA] La regulación de operaciones es clave para la transparencia del banco. Los contadores deben estar informados sobre estas regulaciones para garantizar el cumplimiento normativo.

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