La Sociedad debe formular anualmente sus programas financieros y presupuestos, siguiendo los lineamientos de la Secretaría de Hacienda. Esto asegura una planificación adecuada de recursos.
La Sociedad formulará anualmente sus programas financieros, presupuestos generales de gastos e inversiones, así como sus programas operativos de acuerdo a los lineamientos, medidas y mecanismos que al efecto establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Las modalidades en la asignación de recursos serán autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del artículo 31 de la Ley de Instituciones de Crédito, la que procurará el mejor aprovechamiento y la canalización más adecuada de los recursos de la institución, en el marco de la autonomía de gestión requerida para su eficaz funcionamiento, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Artículo reformado DOF 24-06-2002
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La correcta elaboración de programas financieros es crucial para la gestión eficiente de recursos y cumplimiento de objetivos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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