El Consejo Directivo del Banco está compuesto por catorce consejeros, incluyendo representantes de diversas secretarías y gobiernos. Esta estructura busca garantizar una representación equilibrada y efectiva en la toma de decisiones.
El Consejo Directivo estará integrado por catorce consejeros designados de la siguiente forma: Párrafo reformado DOF 24-06-2002, 01-02-2008
I. Siete consejeros representarán a la serie “A” de certificados de aportación patrimonial que serán: Párrafo reformado DOF 24-06-2002
a) El Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá el Consejo Directivo.
b) Los titulares de las Secretarías de Desarrollo Social; de Turismo; de Comunicaciones y Transportes; el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público; el Subsecretario de Egresos, y un representante designado por el Gobernador del Banco de México dentro de los 3 niveles jerárquicos superiores del instituto central. Párrafo reformado DOF 10-01-2014
Serán suplentes de los consejeros mencionados, preferentemente, los servidores públicos del nivel inferior inmediato siguiente.
En las ausencias del Secretario de Hacienda y Crédito Público, el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público tendrá el carácter de presidente del Consejo Directivo, en ausencia de este último, tendrá el carácter de presidente el suplente del Secretario de Hacienda y Crédito Público y a falta de todos los anteriores, quien designen los consejeros presentes de entre los consejeros de la serie “A”. Párrafo reformado DOF 10-01-2014 Inciso reformado DOF 24-06-2002
II. Cinco consejeros de serie “B” de certificados de aportación patrimonial, representados por tres Gobernadores o dos de éstos y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal y dos Presidentes Municipales, que serán designados de entre los Gobiernos de los Estados y Municipios. Fracción reformada DOF 24-06-2002, 10-01-2014
III. Dos consejeros externos de la serie "B" designados por el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que tendrán el carácter de consejeros independientes. El nombramiento de consejeros independientes deberá recaer en personas de nacionalidad mexicana que por sus conocimientos, honorabilidad, prestigio profesional y experiencia sean ampliamente reconocidos. Fracción adicionada DOF 24-06-2002. Reformada DOF 01-02-2008
El Consejo Directivo podrá invitar a sus sesiones a personas cuyas actividades estén relacionadas con el objeto de la Sociedad. LEY ORGÁNICA DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Párrafo adicionado DOF 24-06-2002
En el orden del día de las sesiones del Consejo Directivo se deberán listar los asuntos a tratar y no deberán incluirse asuntos generales. Párrafo adicionado DOF 24-06-2002
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La diversidad en la composicion del Consejo Directivo es fundamental para la transparencia y la rendicion de cuentas. Los contadores deben considerar las implicaciones de esta estructura en la gestion financiera.
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