Se enumeran las facultades del Consejo Directivo, incluyendo la aprobación de informes y reglas de operación. Este artículo es crucial para entender su autoridad.
También serán facultades del Consejo Directivo, en los términos de la Ley de Instituciones de Crédito, las siguientes:
I. Aprobar en su caso, el informe anual de actividades que le presente el Director General;
II. Aprobar las reglas generales de operación de los planes de ahorro y demás instrumentos de captación que ofrezca la Institución, y las modificaciones a las mismas;
III. Autorizar la adquisición y uso de tecnología a que se refiere la fracción III del artículo 7 de la presente Ley;
IV. Aprobar los demás programas específicos y reglamentos internos de la Institución que le presente el Director General;
LEY ORGÁNICA DEL BANCO DEL BIENESTAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 19-07-2019 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
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XVI. Aprobar las propuestas de los límites de endeudamiento neto externo e interno, financiamiento neto, así como los límites de intermediación financiera; Fracción adicionada DOF 23-02-2005
XVII. Aprobar las estimaciones de ingresos anuales, su programa financiero, y sus programas operativos; Fracción adicionada DOF 23-02-2005
XVIII. Aprobar los programas anuales de adquisición, arrendamiento y enajenación de bienes muebles e inmuebles, de realización de obras y prestación de servicios, que la Institución requiera, así como las políticas y bases generales que regulen los convenios, contratos, pedidos o acuerdos que deba celebrar la Institución con terceros, en estas materias, de conformidad con las normas aplicables; Fracción adicionada DOF 23-02-2005
XIX. Proponer a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las modificaciones al Reglamento Orgánico y aprobar la cesión de activos y pasivos; Fracción adicionada DOF 23-02-2005
XX. Aprobar la emisión de certificados de aportación patrimonial, provisionales o definitivos; Fracción adicionada DOF 23-02-2005
XXI. Proponer a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el aumento o reducción del capital social; Fracción adicionada DOF 23-02-2005
XXII. Acordar los aumentos de capital pagado de la Institución, así como fijar las primas, que en su caso deban pagar los suscriptores de certificados de aportación patrimonial; Fracción adicionada DOF 23-02-2005
XXIII. Acordar la emisión de obligaciones subordinadas; Fracción adicionada DOF 23-02-2005
XXIV. Aprobar las inversiones en el capital de las sociedades a que se refieren los artículos 88 y 89 de la Ley de Instituciones de Crédito, en términos del artículo 8, fracciones IX, X y XII de esta Ley; Fracción adicionada DOF 23-02-2005
XXV. Aprobar los programas anuales de publicidad y propaganda de la Institución, sin que se requiera autorización de la Secretaría de Gobernación; Fracción adicionada DOF 23-02-2005
XXVI. Opinar sobre las Condiciones Generales de Trabajo de la Institución, y Fracción adicionada DOF 23-02-2005
XXVII. Conocer y en su caso, aprobar los informes que le presente el comité de administración integral de riesgos, así como los límites prudenciales de riesgos que al efecto le proponga éste. Fracción adicionada DOF 23-02-2005
En los supuestos establecidos en las fracciones XII, XVI, XXIII y XXIV se requerirá de la autorización expresa de la Secretaría. Párrafo adicionado DOF 23-02-2005
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Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es esencial que los miembros del Consejo conozcan sus facultades para ejercer su autoridad de manera efectiva y conforme a la ley.
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