LOSHF

Artículo 27. Ejercicio fiscal de la Sociedad

El artículo determina que el ejercicio de la Sociedad inicia el primero de enero y termina el treinta y uno de diciembre. Además, establece la obligación de publicar el balance general al finalizar el ejercicio en el Diario Oficial de la Federación.

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Texto Legal

El ejercicio de la Sociedad se iniciará el primero de enero y terminará el treinta y uno de diciembre de cada año. La Sociedad estará obligada a publicar en el Diario Oficial de la Federación el balance general de fin de ejercicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La publicación del balance general es crucial para la transparencia y rendición de cuentas. Los contadores deben asegurarse de que los estados financieros estén debidamente preparados y auditados antes de su publicación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del LOSHF?

El artículo determina que el ejercicio de la Sociedad inicia el primero de enero y termina el treinta y uno de diciembre. Además, establece la obligación de publicar el balance general al finalizar el ejercicio en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 27 de la LEY Orgánica de Sociedad Hipotecaria?

[IA] La publicación del balance general es crucial para la transparencia y rendición de cuentas. Los contadores deben asegurarse de que los estados financieros estén debidamente preparados y auditados antes de su publicación.

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