LOSHF

Artículo 24. Obligaciones de Consejeros y Directores

Los consejeros y el Director General solo están obligados a absolver posiciones en juicio cuando se les requiera formalmente. Esto limita su exposición legal en ciertos casos.

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Texto Legal

Los Consejeros, el Director General y los delegados fiduciarios de la Sociedad y de las Instituciones de seguros en las que ésta participe en términos de la fracción X Bis, del artículo 4 de esta Ley, sólo están obligados a absolver posiciones o rendir testimonio en juicio en representación de la Sociedad o de dichas instituciones, cuando las posiciones y las preguntas se formulen por medio de oficio, el que contestarán por escrito dentro del término que señalen las autoridades respectivas. Artículo reformado DOF 22-06-2006

CAPÍTULO CUARTO BIS De la Participación de la Sociedad en Instituciones de Seguros Capítulo adicionado DOF 22-06-2006

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los abogados deben informar a los consejeros sobre sus obligaciones legales para proteger sus intereses y asegurar el cumplimiento normativo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LOSHF?

Los consejeros y el Director General solo están obligados a absolver posiciones en juicio cuando se les requiera formalmente. Esto limita su exposición legal en ciertos casos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY Orgánica de Sociedad Hipotecaria?

[IA] Los abogados deben informar a los consejeros sobre sus obligaciones legales para proteger sus intereses y asegurar el cumplimiento normativo.

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