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Artículo 12. Capital social de la Sociedad

Este articulo detalla la composición del capital social de Nacional Financiera, incluyendo las series de certificados de aportación. Es fundamental para entender su estructura financiera.

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Texto Legal

El capital social de la Sociedad estará representado por certificados de aportación patrimonial en un 66% de la serie "A" y en un 34% de la serie "B". El valor nominal de estos títulos se determinará en su Reglamento Orgánico.

La serie "A" sólo será suscrita por el Gobierno Federal, se emitirá en un título que no llevará cupones, el cual será intransmisible y en ningún momento podrá cambiar su naturaleza o los derechos que le confiere al propio Gobierno Federal.

La serie "B" podrá ser suscrita por el Gobierno Federal y por personas físicas o morales mexicanas, apegado a lo dispuesto por el Artículo 15 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá autorizar qué entidades de la Administración Pública Federal y los gobiernos de las entidades federativas y municipios, puedan adquirir certificados de la citada serie "B" en una proporción mayor de la establecida en el artículo 15 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer la estructura del capital social es esencial para evaluar la solidez financiera de Nacional Financiera y sus implicaciones para los inversionistas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del 162?

Este articulo detalla la composición del capital social de Nacional Financiera, incluyendo las series de certificados de aportación. Es fundamental para entender su estructura financiera.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY Orgánica de Nacional Financiera?

[IA] Conocer la estructura del capital social es esencial para evaluar la solidez financiera de Nacional Financiera y sus implicaciones para los inversionistas.

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