Las Facultades y Escuelas contarán con Consejos Técnicos que integran representantes docentes y estudiantiles, actuando como órganos de consulta. Estos consejos son esenciales para la toma de decisiones académicas.
En las Facultades y Escuelas se constituirán Consejos Técnicos integrados por un representante profesor de cada una de las especialidades que se impartan y por dos representantes de
LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 06-01-1945 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
todos los alumnos. Las designaciones se harán de la manera que determinen las normas reglamentarias que expida el Consejo Universitario.
Para coordinar la labor de los Institutos, se integrarán dos Consejos: uno de la Investigación Científica y otro de Humanidades.
Los Consejos Técnicos serán órganos necesarios de consulta en los casos que señale el Estatuto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La inclusión de representantes estudiantiles en los Consejos Técnicos fomenta la participación democrática. Es recomendable que los contadores se informen sobre las decisiones que estos consejos tomen, ya que pueden influir en el presupuesto de las facultades.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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