Los Consejos Académicos tienen la responsabilidad de dictaminar proyectos académicos y proponer presupuestos anuales. Su función es esencial para el desarrollo académico de la Universidad.
Corresponde a los Consejos Académicos:
I.- Dictaminar y armonizar los proyectos sobre planes y programas académicos que le propongan los consejos divisionales y, en caso de que el dictamen sea favorable, someterlos a la aprobación del Colegio Académico.
II.- Designar a los directores de división de las ternas que le propongan los respectivos rectores;
III.- Someter al Patronato, por conducto del Rector General, el proyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos de la unidad universitaria;
IV.- Proponer ante el órgano correspondiente las medidas que tiendan al mejoramiento de las actividades de la unidad universitaria; y
V.- Ejercer las demás atribuciones que le confieran este ordenamiento y las normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es recomendable que los Consejos Académicos mantengan comunicación constante con el Colegio Académico para asegurar la alineación de objetivos y recursos.
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