El Colegio Académico tiene atribuciones como establecer unidades universitarias y autorizar presupuestos. Esto es clave para la gestión administrativa y académica.
Corresponde al Colegio Académico:
I.- Establecer, a propuesta del Rector General de la Universidad, las unidades universitarias, divisiones y departamentos que se requieran para el cumplimiento del objeto de la Universidad;
II.- Expedir las normas y disposiciones reglamentarias de aplicación general para la mejor organización y funcionamiento técnico, docente y administrativo de la Universidad;
III.- Designar al auditor externo a que se refiere la fracción VI del artículo 20 de esta ley;
IV.- Conocer y resolver los casos que no sean de la competencia de ningún otro órgano de la Universidad;
V.- Elegir anualmente a un miembro de la Junta Directiva que reemplazará al de más antigua designación y a los sustitutos para cubrir las vacantes que ocurran en la propia Junta;
VI.- Autorizar el presupuesto anual de ingresos y egresos de la Universidad;
VII.- Aprobar los estados financieros que, con el dictamen del auditor externo, someta a su consideración el Patronato;
VIII.- Autorizar los planes de organización académica, las especialidades profesionales y las modalidades que se establezcan en la Universidad; y
IX.- Ejercer las demás atribuciones que le confieran este ordenamiento y las normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las atribuciones del Colegio Académico son vitales para la gestión de la universidad. Los contadores deben asegurarse de que se sigan los procedimientos adecuados en la autorización de presupuestos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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