LOUAAAN

Artículo 6. Atribuciones de la Universidad

La universidad tiene diversas atribuciones, desde organizar su gobierno hasta expedir títulos. Estas facultades son clave para su funcionamiento autónomo.

atribucionesgobiernoautonomia
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 26 de abril de 2006. Verificado en 2026.

Texto Legal

La Universidad, para el logro de sus objetivos, tendrá las siguientes atribuciones:

I. Establecer, organizar y modificar su gobierno, estructura, funciones y dependencias en la forma que esta Ley Orgánica, el Estatuto y los reglamentos lo determinen;

II. Expedir su Estatuto, sus reglamentos y demás normas;

III. Administrar libremente su patrimonio;

IV. Formular planes y programas de docencia, investigación y desarrollo, conforme a los principios de libertad de cátedra y de investigación;

V. Establecer los términos de ingreso, promoción y permanencia de alumnos y del personal académico;

LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA AGRARIA ANTONIO NARRO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 26-04-2006 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VI. Otorgar y expedir títulos, diplomas, certificados de estudio, menciones honoríficas y grados académicos;

VII. Revalidar estudios realizados en instituciones nacionales o extranjeras, estableciendo para tal efecto las equivalencias que estime convenientes;

VIII. Incorporar instituciones afines a sus objetivos fundamentales de acuerdo con lo que establezca su reglamentación interna;

IX. Establecer y fomentar las relaciones y convenios con Universidades o instituciones nacionales o extranjeras;

X. Prestar asistencia técnica y servicio social a la comunidad en general, principalmente a la del medio rural, según sus planes académicos y cuando lo juzgue conveniente;

XI. Establecer las relaciones y los convenios para la ejecución de planes y programas con dependencias gubernamentales;

XII. Celebrar convenios laborales con sus trabajadores en los términos que establezca la Ley Federal del Trabajo;

XIII. Establecer, en los términos que señale la Ley Orgánica, el Estatuto y los reglamentos, patronatos y asociaciones para su apoyo; y

XIV. Preservar y desarrollar todos los servicios que se prestan a la Comunidad Universitaria de acuerdo a su capacidad y a sus necesidades.

Capítulo IV De la Comunidad Universitaria y de sus Autoridades.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer las atribuciones permite a los contadores y abogados asesorar adecuadamente sobre la toma de decisiones y la estructura organizativa de la universidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del LOUAAAN?

La universidad tiene diversas atribuciones, desde organizar su gobierno hasta expedir títulos. Estas facultades son clave para su funcionamiento autónomo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria...?

[IA] Conocer las atribuciones permite a los contadores y abogados asesorar adecuadamente sobre la toma de decisiones y la estructura organizativa de la universidad.

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