LOUAAAN

Artículo 13. Validez de Acuerdos

Para la validez de ciertos acuerdos del Consejo se requiere un dictamen previo y, en algunos casos, un voto mayoritario. Esto asegura la legitimidad de las decisiones.

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Texto Legal

Para la validez de los acuerdos en los asuntos a que se refieren las fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XII, XVI, y XVII del artículo 12, se requiere el dictamen previo de la comisión respectiva.

Para la validez de los acuerdos relacionados con las fracciones I, II, IV, VI, VIII, X y XIV en el caso de remoción del artículo 12, se requerirá sin excepción, el voto aprobatorio de no menos de dos terceras partes de los miembros del H. Consejo Universitario.

Capítulo VI Del Consejo Directivo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es importante para la gestión de decisiones dentro del consejo, ya que establece los requisitos para la validez de sus acuerdos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13 del LOUAAAN?

Para la validez de ciertos acuerdos del Consejo se requiere un dictamen previo y, en algunos casos, un voto mayoritario. Esto asegura la legitimidad de las decisiones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 13 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria...?

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