LOUAAAN

Artículo 12. Funciones del Consejo

El H. Consejo Universitario tiene diversas funciones, desde expedir normas hasta aprobar presupuestos. Estas funciones son vitales para el funcionamiento institucional.

funcionesconsejopresupuestos

Texto Legal

Corresponde al H. Consejo Universitario:

I. Expedir el Estatuto, los reglamentos y normas generales para el funcionamiento de la Universidad;

II. Reformar, adicionar y abrogar las disposiciones internas;

III. Resolver, en última instancia, sobre los conflictos de competencia de las dependencias universitarias;

IV. Elegir a los integrantes del Consejo Directivo de conformidad a lo que establezca el Estatuto y los reglamentos correspondientes;

V. Examinar, discutir y aprobar anualmente los presupuestos de ingresos y egresos de la Universidad;

VI. Remover a las autoridades, por causa justificada, en los términos que el Estatuto indique;

VII. Discutir y aprobar, en su caso, los planes y programas necesarios para llevar adelante los objetivos universitarios;

VIII. Discutir y aprobar, en su caso, la creación o supresión de las unidades y dependencias de la Universidad;

IX. Discutir y aprobar, en su caso, las modificaciones a la estructura de las unidades y dependencias de la Universidad;

X. Discutir y aprobar, en su caso, la incorporación o fusión de instituciones afines a la Universidad;

XI. Conocer y aprobar, en su caso, el Informe del Rector y de otras autoridades en los términos que establezca el Estatuto;

XII. Resolver, en última instancia, las apelaciones en los términos que señalen las disposiciones internas;

XIII. Constituirse en Colegio Electoral para la elección del Rector, de acuerdo al reglamento respectivo;

XIV. Tomar la protesta al Rector, expedir su nombramiento, resolver acerca de su renuncia y removerlo por causa justificada. En ejercicio de esta última facultad, se auscultará a la Comunidad Universitaria;

XV. Nombrar las comisiones permanentes que se establecen en el Estatuto y las especiales que juzgue necesarias para el cumplimiento de sus funciones; LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA AGRARIA ANTONIO NARRO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 26-04-2006 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

XVI. Remover a los consejeros y miembros de las comisiones por las causas que el Estatuto indique;

XVII. Conocer y resolver sobre las auditorías que, de acuerdo a su reglamentación interna, sean practicadas en la Universidad;

XVIII. Nombrar al contralor interno de acuerdo al procedimiento que se señale para tal efecto;

XIX. Publicar los acuerdos tomados; y

XX. Ejercer las demás facultades que esta Ley Orgánica y el Estatuto le señale.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es clave para entender las responsabilidades del consejo, lo que puede influir en la planificación y ejecución de proyectos universitarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LOUAAAN?

El H. Consejo Universitario tiene diversas funciones, desde expedir normas hasta aprobar presupuestos. Estas funciones son vitales para el funcionamiento institucional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria...?

[IA] Este artículo es clave para entender las responsabilidades del consejo, lo que puede influir en la planificación y ejecución de proyectos universitarios.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 12 del LOUAAAN?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 12 LOUAAAN desde tu celular