LOPGJDF

Artículo 6. Vigilancia en Justicia

El artículo establece las atribuciones del Ministerio Público para vigilar la legalidad en la procuración e impartición de justicia, incluyendo la formulación de quejas y la supervisión de servidores públicos.

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Texto Legal

(Vigilancia en la procuración e impartición de justicia). La vigilancia de la legalidad y la promoción de la pronta, expedita y debida procuración e impartición de justicia, a que se refiere la fracción II del artículo 2o. de esta ley, comprenden:

I. Hacer del conocimiento de la autoridad judicial competente, las contradicciones de criterios que surjan en juzgados y salas del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal de conformidad con la legislación aplicable;

II. Formular quejas ante el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal por las faltas que, a su juicio, hubieren cometido los servidores públicos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, sin perjuicio de la intervención que legalmente le corresponda cuando los hechos sean constitutivos de delito;

III. Dar a conocer a las autoridades competentes aquellos hechos no constitutivos de delito, que hubieren llegado al conocimiento del Ministerio Público;

IV. Conocer de las quejas por demoras, excesos y faltas de los Agentes del Ministerio Público, de la Policía de Investigación, Oficiales Secretarios y Peritos, iniciando los procedimientos legales que correspondan en los términos fijados por las normas reglamentarias y demás disposiciones aplicables;

V. Ejercer y desarrollar normas de inspección, supervisión y vigilancia en el aspecto técnico-jurídico en todas las unidades del Ministerio Público, Policía de Investigación y Peritos, así como realizar operativos de supervisión, visitas, estudios o análisis, monitoreo y demás medios de control e inspección; LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 20-06-2011 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VI. Velar en todo momento, en los asuntos de su conocimiento, por el respeto, integridad, dignidad y estricto cumplimiento de los derechos y garantías de los adolescentes con base en el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes; y,

VII. Las demás que establezcan las normas legales aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La vigilancia de la legalidad es un aspecto importante para asegurar la transparencia en el sistema de justicia. Abogados deben estar al tanto de las quejas y procedimientos de supervisión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del LOPGJDF?

El artículo establece las atribuciones del Ministerio Público para vigilar la legalidad en la procuración e impartición de justicia, incluyendo la formulación de quejas y la supervisión de servidores públicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la LEY Orgánica de la Procuraduría de Justicia del...?

[IA] La vigilancia de la legalidad es un aspecto importante para asegurar la transparencia en el sistema de justicia. Abogados deben estar al tanto de las quejas y procedimientos de supervisión.

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