LOPGJDF

Artículo 56. Regulación de procedimientos

Los procedimientos para la selección y promoción del personal operativo serán regulados por la normatividad que desarrolle el Servicio Profesional de Carrera. Esto incluye aspectos como ascensos y reconocimientos.

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Texto Legal

Los procedimientos para la selección, ingreso, formación, capacitación, actualización, especialización, ascenso, adscripción, rotación, reingreso, estímulos, reconocimientos y retiro del personal operativo de la Procuraduría, serán regulados por la normatividad que desarrolle las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del Servicio Profesional de Carrera en la Procuración de Justicia del Distrito Federal y en el que regule el desempeño, los ascensos, reconocimientos y estímulos a los Agentes del Ministerio Público, Oficiales Secretarios, Agentes de la Policía de Investigación, Peritos.

CAPITULO II DE LA PROMOCIÓN

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La regulación de estos procedimientos es esencial para mantener la transparencia y la justicia en la promoción del personal. Se sugiere revisar y actualizar regularmente estas normativas para adaptarse a cambios en el entorno laboral.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 56 del LOPGJDF?

Los procedimientos para la selección y promoción del personal operativo serán regulados por la normatividad que desarrolle el Servicio Profesional de Carrera. Esto incluye aspectos como ascensos y reconocimientos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 56 de la LEY Orgánica de la Procuraduría de Justicia del...?

[IA] La regulación de estos procedimientos es esencial para mantener la transparencia y la justicia en la promoción del personal. Se sugiere revisar y actualizar regularmente estas normativas para adaptarse a cambios en el entorno laboral.

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