LOPGJDF

Artículo 55. Evaluaciones periódicas

Los Agentes del Ministerio Público y otros funcionarios deberán ser evaluados periódicamente según lo establecido en la ley. Estas evaluaciones son clave para el desarrollo profesional.

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Texto Legal

Los Agentes del Ministerio Público, Oficiales Secretarios, Agentes de la Policía de Investigación y Peritos, al ingresar a la Institución deberán ser evaluados periódicamente en los términos de esta ley, y demás disposiciones aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las evaluaciones periódicas son una herramienta valiosa para identificar áreas de mejora en el personal. Se recomienda que los resultados se utilicen para diseñar programas de capacitación específicos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 55 del LOPGJDF?

Los Agentes del Ministerio Público y otros funcionarios deberán ser evaluados periódicamente según lo establecido en la ley. Estas evaluaciones son clave para el desarrollo profesional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 55 de la LEY Orgánica de la Procuraduría de Justicia del...?

[IA] Las evaluaciones periódicas son una herramienta valiosa para identificar áreas de mejora en el personal. Se recomienda que los resultados se utilicen para diseñar programas de capacitación específicos.

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