LOPGJDF

Artículo 4. Consignación

Las atribuciones en este artículo se centran en el ejercicio de la acción penal ante los órganos jurisdiccionales, incluyendo la solicitud de órdenes de aprehensión y la puesta a disposición de detenidos.

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Texto Legal

(Consignación). Las atribuciones relativas al ejercicio de la acción penal ante los órganos jurisdiccionales comprenden:

I. Ejercer la acción penal ante el órgano jurisdiccional competente, por los delitos del orden común, solicitando las órdenes de aprehensión, de comparecencia o de presentación;

II. Ejercer la acción de remisión ante el juez especializado en Justicia para Adolescentes en el Distrito Federal;

III. Poner a disposición de la autoridad judicial a las personas contra las que se ejercite acción penal con detenido;

IV. Solicitar el aseguramiento precautorio de bienes o la constitución de garantías para los efectos de la reparación del daño, salvo que el inculpado los hubiese garantizado previamente; y,

V. Las demás que establezcan las normas legales aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es esencial para entender cómo se formaliza la acción penal. Los abogados deben estar atentos a los procedimientos de consignación para asegurar los derechos de sus clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del LOPGJDF?

Las atribuciones en este artículo se centran en el ejercicio de la acción penal ante los órganos jurisdiccionales, incluyendo la solicitud de órdenes de aprehensión y la puesta a disposición de detenidos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la LEY Orgánica de la Procuraduría de Justicia del...?

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