LOAM

Artículo 15. Sectores Navales

Los Sectores Navales son subdivisiones que tienen bajo su mando unidades operativas y son responsables de operaciones en su jurisdicción. Este artículo establece su estructura organizativa.

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Texto Legal

Los Sectores Navales, son las subdivisiones geográfico-marítimas determinadas por el Alto Mando, que tienen bajo su mando unidades operativas, instalaciones y personal naval que se determine. Tienen a su cargo la propuesta, preparación y conducción de las operaciones navales dentro de su jurisdicción. Asimismo, brindan apoyo logístico a las unidades adscritas, incorporadas y destacadas bajo su mando. Las personas titulares de las Comandancias de los Sectores Navales serán de la categoría de Almirante y estarán subordinadas al mando de la Región o Zona Naval que corresponda. SECCIÓN I UNIDADES OPERATIVAS

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La estructura de los Sectores Navales es importante para la gestión operativa. Los abogados deben considerar esto al asesorar sobre temas de responsabilidad y mando.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del LOAM?

Los Sectores Navales son subdivisiones que tienen bajo su mando unidades operativas y son responsables de operaciones en su jurisdicción. Este artículo establece su estructura organizativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la LEY Orgánica de la Armada de México?

[IA] La estructura de los Sectores Navales es importante para la gestión operativa. Los abogados deben considerar esto al asesorar sobre temas de responsabilidad y mando.

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