LOAPF

Artículo 42. Funciones de la Secretaría de Turismo

Este artículo detalla las atribuciones de la Secretaría de Turismo, incluyendo la formulación de políticas para el desarrollo turístico y la promoción de zonas turísticas. Se destaca su papel en la regulación de servicios turísticos y la capacitación en el sector.

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Texto Legal

A la Secretaría de Turismo le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: Párrafo reformado DOF 28-11-2024

I.- Formular y conducir la política de desarrollo de la actividad turística nacional;

II.- Promover, en coordinación con las entidades federativas, las zonas de desarrollo turístico nacional y formular en forma conjunta con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales la declaratoria respectiva; Fracción reformada DOF 30-11-2000

III.- Participar con voz y voto en las comisiones Consultiva de Tarifas y la Técnica Consultiva de Vías Generales de Comunicación;

IV.- Registrar a los prestadores de servicios turísticos, en los términos señalados por las leyes;

V.- Promover y opinar el otorgamiento de facilidades y franquicias a los prestadores de servicios turísticos y participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la determinación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos fiscales necesarios para el fomento a la actividad turística, y administrar su aplicación, así como vigilar y evaluar sus resultados;

VI.Participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el establecimiento de los precios y tarifas de los bienes y servicios turísticos a cargo de la Administración Pública Federal, tomando en cuenta las leyes, reglamentos y demás disposiciones que regulan las facultades de las dependencias y entidades; Fracción reformada DOF 17-06-2009

VII.Se Deroga. Fracción derogada DOF 17-06-2009

VIII.- Estimular la formación de asociaciones, comités y patronatos de carácter público, privado o mixto, de naturaleza turística;

IX.- Emitir opinión ante la Secretaría de Economía, en aquellos casos en que la inversión extranjera concurra en proyectos de desarrollo turísticos o en el establecimiento de servicios turísticos; Fracción reformada DOF 30-11-2000

X.- Regular, orientar y estimular las medidas de protección al turismo, y vigilar su cumplimiento, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y con las autoridades estatales y municipales;

XI.- Promover y facilitar el intercambio y desarrollo turístico en el exterior, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores;

XII.Promover, y en su caso, organizar en coordinación con la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, la capacitación, investigación y el desarrollo tecnológico en materia turística; Fracción reformada DOF 28-11-2024

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

XIII.- Formular y difundir la información oficial en materia de turismo; coordinar la publicidad que en esta materia efectúen las entidades del gobierno federal, las autoridades estatales y municipales y promover la que efectúan los sectores social y privado;

XIV.- Promover, coordinar, y en su caso, organizar los espectáculos, congresos, excursiones, audiciones, representaciones y otros eventos tradicionales y folklóricos de carácter oficial, para atracción turística;

XV.- Fijar y en su caso, modificar las categorías de los prestadores de servicios turísticos por ramas:

XVI.- Autorizar los reglamentos interiores de los establecimientos de servicios al turismo;

XVII.- Llevar la estadística en materia de turismo, de acuerdo con las disposiciones que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Fracción reformada DOF 21-02-1992

XVIII.- Promover y apoyar la coordinación de los prestadores de servicios turísticos;

XIX.- Proyectar, promover y apoyar el desarrollo de la infraestructura turística y estimular la participación de los sectores social y privado;

XX.- Fijar e imponer, de acuerdo a las leyes y reglamentos, el tipo y monto de las sanciones por el incumplimiento y violación de las disposiciones en materia turística, y

XXI.- Los demás que le fijen expresamente las leyes y reglamentos. Artículo reformado DOF 29-12-1982

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los contadores y abogados que operan en el sector turístico deben estar al tanto de estas funciones para asesorar adecuadamente a sus clientes sobre regulaciones y oportunidades en el ámbito turístico.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 42 del LOAPF?

Este artículo detalla las atribuciones de la Secretaría de Turismo, incluyendo la formulación de políticas para el desarrollo turístico y la promoción de zonas turísticas. Se destaca su papel en la regulación de servicios turísticos y la capacitación en el sector.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 42 de la LEY Orgánica de la Administración Pública?

[IA] Los contadores y abogados que operan en el sector turístico deben estar al tanto de estas funciones para asesorar adecuadamente a sus clientes sobre regulaciones y oportunidades en el ámbito turístico.

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