LOAPF

Artículo 36. Funciones de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes formula políticas para el desarrollo de las comunicaciones y transporte, así como la construcción y rehabilitación de infraestructura pública.

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Texto Legal

A la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: Párrafo reformado DOF 20-10-2021, 28-11-2024

I. Formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo de las comunicaciones y transporte terrestre y aéreo, de acuerdo a las necesidades del país; Fracción reformada DOF 19-12-2016, 07-12-2020

I Bis. Se deroga. Fracción adicionada DOF 14-07-2014. Derogada DOF 28-11-2024

I Ter. Construir, equipar, restaurar, reforzar, reconstruir y rehabilitar obras públicas de infraestructura urbana y para el transporte público de pasajeros, así como intervenciones en espacio público necesarias para el desarrollo, en coordinación con los tres órdenes de gobierno, desde la planeación, programación, presupuestación y ejecución; Fracción adicionada DOF 28-11-2024

I Quáter. Construir, equipar, restaurar, reforzar, reconstruir y rehabilitar infraestructura urbana, para proyectos culturales y desarrollo de habilidades, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno; Fracción adicionada DOF 28-11-2024

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

I Quinquies. Construir, equipar, rehabilitar, reforzar, reconstruir y habilitar la infraestructura e instalaciones destinadas al servicio del sistema educativo nacional, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno; Fracción adicionada DOF 28-11-2024

II.Se deroga. Fracción reformada DOF 24-12-1986, 14-07-2014. Derogada DOF 28-11-2024

III.- Se deroga. Fracción derogada DOF 14-07-2014

IV.- Otorgar concesiones y permisos para establecer y operar servicios aéreos en el territorio nacional, fomentar, regular y vigilar su funcionamiento y operación, así como negociar convenios para la prestación de servicios aéreos internacionales;

V.- Regular y vigilar la administración de los aeropuertos nacionales, conceder permisos para la construcción de aeropuertos particulares y vigilar su operación;

VI.- Administrar la operación de los servicios de control de tránsito, así como de información y seguridad de la navegación aérea;

VII.- Construir las vías férreas, patios y terminales de carácter federal para el establecimiento y explotación de ferrocarriles, tanto para el transporte de carga, como de pasajeros y la vigilancia técnica de su funcionamiento y operación; Fracción reformada DOF 16-07-2025

VIII.Planificar, regular y vigilar la administración y operación del sistema ferroviario; Fracción reformada DOF 28-11-2024

IX.- Otorgar concesiones y permisos para la explotación de servicios de autotransportes en las carreteras federales y vigilar técnicamente su funcionamiento y operación, así como el cumplimiento de las disposiciones legales respectivas;

X.- (Se deroga). Fracción derogada DOF 04-01-1999

XI.- Participar en los convenios para la construcción y explotación de los puentes internacionales;

XII.Fijar las normas técnicas del funcionamiento y operación de los servicios públicos de comunicaciones y transportes aéreos y terrestres, y las tarifas para el cobro de los mismos, así como participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el establecimiento de las tarifas de los servicios que presta la Administración Pública Federal de comunicaciones y transportes aéreos y terrestres; Fracción reformada DOF 07-12-2020

XIII.- Fomentar la organización de sociedades cooperativas cuyo objeto sea la prestación de servicios de comunicaciones y transportes;

XIV.Se deroga. Fracción derogada DOF 07-12-2020

XV.Establecer los requisitos que deban satisfacer el personal técnico de la aviación civil, servicios públicos de transporte terrestre, así como conceder las licencias y autorizaciones respectivas;

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Fracción reformada DOF 14-07-2014, 07-12-2020

XVI.Se deroga. Fracción derogada DOF 07-12-2020

XVII.Se deroga. Fracción reformada DOF 26-12-2013, 19-12-2016. Derogada DOF 07-12-2020

XVIII.Se deroga. Fracción reformada DOF 19-12-2016. Derogada DOF 07-12-2020

XIX.Se deroga. Fracción derogada DOF 07-12-2020

XX.Se deroga. Fracción derogada DOF 07-12-2020

XXI.- Construir y conservar los caminos y puentes federales, incluso los internacionales; así como las estaciones y centrales de autotransporte federal;

XXII.- Construir y conservar caminos y puentes, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares;

XXIII.- Construir aeropuertos federales y cooperar con los gobiernos de los Estados y las autoridades municipales, en la construcción y conservación de obras de ese género;

XXIV.Otorgar concesiones, asignaciones o permisos para construir las obras que le corresponda ejecutar; Fracción reformada DOF 16-07-2025

XXV.- Cuidar de los aspectos ecológicos y los relativos a la planeación del desarrollo urbano, en los derechos de vía de las vías federales de comunicación; Fracción reformada DOF 25-05-1992

XXVI.Promover y en su caso organizar la capacitación, investigación y el desarrollo en materia de comunicaciones y transportes; lo que podrá realizar en coordinación con la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación; Fracción adicionada DOF 28-11-2024

XXVII.Elaborar, planificar, gestionar y regular proyectos que tengan por objeto la construcción, equipamiento y desarrollo de sistemas de transporte público de pasajeros, directamente o a través de terceros, en coordinación con las autoridades competentes y de conformidad con las disposiciones aplicables; Fracción adicionada DOF 28-11-2024. Reformada DOF 16-07-2025

XXVIII.Operar sistemas de transporte público de pasajeros en la República Mexicana mediante el establecimiento de convenios, en coordinación con las autoridades de los tres órdenes de gobierno; Fracción adicionada DOF 28-11-2024

XXIX.Promover y coadyuvar en el fortalecimiento institucional de las autoridades de las entidades federativas, en materia de planeación, regulación y administración de sistemas de transporte público de pasajeros; Fracción adicionada DOF 28-11-2024

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XXX. Aplicar la política general de contrataciones públicas en materia de infraestructura y de sistemas de transporte público de pasajeros y sus componentes, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables; Fracción adicionada DOF 28-11-2024

XXXI. Coadyuvar con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la construcción, restauración, reforzamiento, reconstrucción y rehabilitación de infraestructura para sistemas de reciclamiento y tratamiento de residuos sólidos, estaciones de transferencia, plantas de selección para el reciclaje y de composta, y de cualquier tecnología para el manejo y tratamiento de los residuos sólidos, y Fracción adicionada DOF 28-11-2024

XXXII. Los demás que expresamente le fijen las leyes y reglamentos. Fracción recorrida DOF 28-11-2024 Artículo reformado DOF 29-12-1982

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La infraestructura es clave para el desarrollo económico. Los abogados deben estar atentos a las oportunidades de inversión en proyectos de infraestructura pública.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del LOAPF?

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes formula políticas para el desarrollo de las comunicaciones y transporte, así como la construcción y rehabilitación de infraestructura pública.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la LEY Orgánica de la Administración Pública?

[IA] La infraestructura es clave para el desarrollo económico. Los abogados deben estar atentos a las oportunidades de inversión en proyectos de infraestructura pública.

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