Las Unidades de Administración y Finanzas en dependencias paraestatales deben ajustarse a lineamientos específicos. Este articulo es importante para la gestión financiera en el sector público.
Las Unidades de Administración y Finanzas o áreas que realicen funciones equivalentes en las dependencias y entidades paraestatales, se ajustarán a lo siguiente:
I. Dependen jerárquicamente de la dependencia o entidad paraestatal a la que se encuentren adscritas en los términos que establezca el reglamento interior respectivo o los ordenamientos correspondientes; Fracción reformada DOF 28-11-2024
II. Serán consideradas en la estructura y presupuesto de la dependencia o entidad paraestatal a la que se encuentren adscritas;
III. Actúan, en el ámbito de su competencia, en nombre y representación de las dependencias o entidades paraestatales, para el ejercicio de las atribuciones y funciones previstas en las leyes y demás ordenamientos jurídicos aplicables, observando los lineamientos, disposiciones, directrices y políticas que emitan las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y Anticorrupción y Buen Gobierno para su conducción y coordinación, en el ámbito de sus competencias, y Fracción reformada DOF 28-11-2024
IV. Se organizan y operan conforme a lo señalado en los artículos 20 y 31, fracción XXXII de esta Ley. Fracción reformada DOF 28-11-2024
A los órganos administrativos desconcentrados que cuenten con Unidades de Administración y Finanzas o áreas que realicen funciones equivalentes les es aplicable lo previsto en este artículo. Párrafo reformado DOF 28-11-2024 Artículo adicionado DOF 03-05-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las Unidades de Administración y Finanzas son cruciales para la gestión de recursos. Los contadores deben estar al tanto de sus funciones y regulaciones para asegurar una correcta administración.
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