Este artículo describe los mecanismos de reacción que pueden emplear las instituciones de seguridad en el uso de la fuerza, desde controles cooperativos hasta el uso de fuerza letal. Cada mecanismo tiene un límite específico.
Los mecanismos de reacción en el uso de la fuerza son:
LEY NACIONAL SOBRE EL USO DE LA FUERZA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 24-01-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
I. Controles cooperativos: indicaciones verbales, advertencias o señalización;
II. Control mediante contacto: su límite superior es la intervención momentánea en funciones motrices;
III. Técnicas de sometimiento o control corporal: su límite superior es el impedimento momentáneo de funciones corporales y daños menores en estructuras corporales;
IV. Tácticas defensivas: su límite superior es el daño de estructuras corporales no vitales, y
V. Fuerza Letal: su límite es el cese total de funciones corporales. Se presume el uso de la fuerza letal cuando se emplee arma de fuego contra una persona.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Comprender los mecanismos de reacción es vital para la formación de los agentes. Se deben realizar evaluaciones periódicas sobre su efectividad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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