LNUF

Artículo 24. Uso de la fuerza en custodia

Las instituciones de seguridad deben abstenerse de usar la fuerza contra personas detenidas, salvo que sea necesario para mantener el orden. Esto protege los derechos del detenido y evita abusos.

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Texto Legal

Las instituciones de seguridad deberán abstenerse de ejercer el uso de la fuerza en contra de una persona detenida bajo su custodia, salvo que las circunstancias demanden la necesidad de su uso para el mantenimiento del orden y la seguridad o se ponga en riesgo la integridad de las personas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La prohibición del uso de la fuerza en custodia es un aspecto crítico para la protección de derechos. Los abogados deben asegurarse de que se cumplan estas disposiciones para evitar responsabilidades legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LNUF?

Las instituciones de seguridad deben abstenerse de usar la fuerza contra personas detenidas, salvo que sea necesario para mantener el orden. Esto protege los derechos del detenido y evita abusos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY Nacional sobre el Uso de la Fuerza?

[IA] La prohibición del uso de la fuerza en custodia es un aspecto crítico para la protección de derechos. Los abogados deben asegurarse de que se cumplan estas disposiciones para evitar responsabilidades legales.

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