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Artículo 12. Justificación del Uso de la Fuerza

El uso de la fuerza solo se justifica en caso de que la resistencia o agresión sea real, actual e inminente. Este artículo establece criterios claros para la aplicación de la fuerza.

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Texto Legal

El uso de la fuerza solo se justifica cuando la resistencia o agresión es:

I. Real: si la agresión se materializa en hechos apreciables por los sentidos, sin ser hipotética ni imaginaria;

II. Actual: si la agresión se presenta en el momento del hecho, no con anterioridad o posterioridad, y

III. Inminente: si la agresión está próxima a ocurrir y, de no realizarse una acción, esta se consumaría.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La justificación del uso de la fuerza es un aspecto crítico en la defensa legal de los agentes. Es importante documentar adecuadamente cada situación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LNUF?

El uso de la fuerza solo se justifica en caso de que la resistencia o agresión sea real, actual e inminente. Este artículo establece criterios claros para la aplicación de la fuerza.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY Nacional sobre el Uso de la Fuerza?

[IA] La justificación del uso de la fuerza es un aspecto crítico en la defensa legal de los agentes. Es importante documentar adecuadamente cada situación.

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