LNETB

Artículo 43. Atención a Comentarios Recibidos

Los Sujetos Obligados deben atender los comentarios de la consulta pública y emitir un Dictamen en un plazo específico. Esto es crucial para la mejora continua de las regulaciones.

comentariosdictamenconsulta publica

Texto Legal

Dentro de los quince días siguientes al término del plazo de la consulta pública, los Sujetos Obligados deberán atender los comentarios recibidos, así como las recomendaciones que formule la Autoridad de Simplificación y Digitalización. Fenecido el término previsto en el párrafo que antecede, y en un término no mayor a quince días la Autoridad de Simplificación y Digitalización emitirá un Dictamen, que podrá ser Favorable o No Favorable, en los términos previstos en los Lineamientos que emita la Autoridad Nacional. Las Autoridades de Simplificación y Digitalización podrán hacer recomendaciones de simplificación y digitalización de Trámites y Servicios para el Sujeto Obligado, en el Dictamen Favorable.

LEY NACIONAL PARA ELIMINAR TRÁMITES BUROCRÁTICOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Atender los comentarios es esencial para obtener un dictamen favorable. Los contadores deben asesorar a sus clientes sobre cómo responder adecuadamente a las recomendaciones recibidas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 43 del LNETB?

Los Sujetos Obligados deben atender los comentarios de la consulta pública y emitir un Dictamen en un plazo específico. Esto es crucial para la mejora continua de las regulaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 43 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos?

[IA] Atender los comentarios es esencial para obtener un dictamen favorable. Los contadores deben asesorar a sus clientes sobre cómo responder adecuadamente a las recomendaciones recibidas.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 43 del LNETB?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 43 LNETB desde tu celular