Los tres órdenes de gobierno deben implementar políticas de prevención social de la violencia y delincuencia para adolescentes. Estas políticas deben incluir oportunidades educativas y la erradicación de estereotipos discriminatorios.
De las políticas públicas Los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus competencias, implementarán políticas y medidas para la prevención social de la violencia y la delincuencia para personas adolescentes que deberán incluir, como mínimo:
I. La creación de oportunidades, en particular educativas, para atender a las diversas necesidades de adolescentes de quienes estén en peligro latente o situación de riesgo social, que ameriten cuidado y protección especiales;
II. Los criterios especializados, cuya finalidad sea reducir los motivos, la necesidad y las oportunidades de comisión de conductas tipificadas como delitos o las condiciones que las propicien;
III. La protección de su bienestar, sano desarrollo, vida digna y proyecto de vida;
IV. La erradicación de los procesos de criminalización y etiquetamiento de las personas adolescentes, derivados de estereotipos, prejuicios, calificativos o cualquier otra connotación discriminatoria o peyorativa, y
LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-12-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
V. La participación de las personas adolescentes en el diseño de las políticas públicas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que los gobiernos trabajen en conjunto para abordar las necesidades de los adolescentes en riesgo. La implementación efectiva de estas políticas puede reducir la delincuencia juvenil y promover un desarrollo saludable.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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