Las disposiciones de esta Ley deben interpretarse de manera que no restrinjan los derechos humanos reconocidos por la Constitución. Esto asegura la protección de los derechos fundamentales.
Las disposiciones de esta Ley se interpretarán de modo que no restrinjan ni menoscaben los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por los Tratados Internacionales en la materia de los que el Estado mexicano sea parte.
Capítulo III Tratamiento de los Datos Personales de la Persona Detenida
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo es fundamental para asegurar que la ley se aplique de manera que respete los derechos humanos. Es importante que los abogados y contadores estén al tanto de esta interpretación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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