La certificación de los Facilitadores tendrá una vigencia de tres años y será renovable. El Órgano se encargará de realizar certificaciones periódicas conforme a los lineamientos establecidos.
Vigencia de la certificación El Órgano deberá realizar las tareas de certificación periódica de los Facilitadores que presten los servicios previstos en esta Ley, ésta se llevará a cabo de conformidad con los lineamientos emitidos por la Conferencia o el Consejo y tendrá una vigencia de tres años, que podrá ser renovable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La renovación periódica de la certificación asegura que los facilitadores se mantengan actualizados en sus conocimientos y habilidades. Es recomendable llevar un registro de las fechas de renovación para evitar lapsos en la certificación.
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