LNED

Artículo 22. Derechos de la parte demandada

Se reconocen varios derechos a la parte demandada durante el proceso de extincion de dominio, incluyendo el derecho a asesoría jurídica y a conocer los fundamentos de la acción en su contra.

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Texto Legal

Durante todo el proceso, se reconocen a la Parte Demandada y a la o las personas afectadas de manera enunciativa, más no limitativa, los siguientes derechos:

I. Contar con asesoría jurídica profesional a través de profesionistas particulares o a cargo del Instituto Federal de la Defensoría Pública o su similar de las Entidades Federativas respectivamente;

II. Conocer inmediatamente después de ejecutada, los hechos y fundamentos de la medida cautelar que se decrete antes de iniciado el proceso judicial de extinción de dominio y a manifestarse respecto de la solicitud de tales medidas cuando aquellas hayan sido solicitadas durante éste;

III. Conocer los hechos y fundamentos que sustentan la acción, así como los medios de prueba presentados por el Ministerio Público;

IV. Dar contestación a la demanda, asumiendo las actitudes procesales que considere prudente;

V. Oponer las excepciones y defensas que considere pertinentes;

VI. Renunciar a la controversia, allanarse a las pretensiones del Ministerio Público y solicitar anticipadamente la sentencia definitiva que decrete la extinción de dominio;

VII. Ofrecer medios de prueba y controvertir aquellos ofrecidos por el Ministerio Público o por cualquier Persona Afectada legitimada para comparecer al proceso, y participar en su desahogo;

VIII. Formular alegatos, y

IX. Los demás que la Constitución o esta Ley les otorguen.

SECCIÓN SEGUNDA Formalidades Generales del Proceso

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este articulo es clave para la defensa de la parte demandada. Los abogados deben informar a sus clientes sobre estos derechos para asegurar una defensa efectiva y justa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del LNED?

Se reconocen varios derechos a la parte demandada durante el proceso de extincion de dominio, incluyendo el derecho a asesoría jurídica y a conocer los fundamentos de la acción en su contra.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio?

[IA] Este articulo es clave para la defensa de la parte demandada. Los abogados deben informar a sus clientes sobre estos derechos para asegurar una defensa efectiva y justa.

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