En lo no previsto por esta Ley, se aplicarán las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales y otras leyes penales. Esto asegura un marco legal coherente.
Supletoriedad En todo lo no previsto por la presente Ley se atenderá en lo conducente a lo dispuesto por el Código Nacional de Procedimientos Penales, a la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal y a las leyes penales aplicables.
Capítulo II Derechos y Obligaciones de las personas
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer la supletoriedad es importante para los abogados al abordar casos que no estén claramente definidos en esta Ley. Deben estar preparados para aplicar otras normativas pertinentes.
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